Ordenanzas Municipales
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Descripción |
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Documento |
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ORDENANZA MUNICIPAL N° 027-2019/MDV |
ARTÍCULO 1o.- La presente Ordenanza tiene como objetivo el establecer las normas que regulan la comercialización de Emolientes debidamente autorizados, en los espacios públicos de la jurisdicción del distrito de Ventanilla.
ARTÍCULO 2o.- Establecer que el desarrollo de la comercialización de Emolientes en la vía pública, se realizará en un Módulo especialmente acondicionado y con las características aprobadas en la presente ordenanza, conducido por un solo comerciante y autorizado por el órgano municipal competente e identificado con un Fotocheck con Código QR.
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08/11/2019 |
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ORDENANZA MUNICIPAL N° 024-2019/MDV |
ORDENANZA MUNICIPAL QUE FORMALIZA EL SERVICIO DE SERENAZGO EN EL DISTRITO DE
VENTANILLA
ARTÍCULO 1.- APROBAR la Formalización del Servicio de Serenazgo en la jurisdicción del Distrito de Ventanilla, para mantener el orden interno del distrito, mediante acciones preventivas de patrullaje y seguridad en todas sus modalidades, sin que ello implique la sustitución o conflicto de competencias con la Policía Nacional del Perú, a quien se le reconoce como ente rector sobre la materia.
ARTICULO 2.- AUTORIZAR al Señor Alcalde para que disponga las acciones administrativas correspondientes con el objeto de desarrollar adecuadamente el Servicio de Serenazgo e implementación del Manual del Sereno Municipal, así como también el cumplimiento de las disposiciones Municipales afines.
ARTÍCULO 3.- PRECISAR que la Sub Gerencia de Serenazgo dependiente jerárquicamente de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastre, en relación al servicio de Serenazgo del distrito de Ventanilla, tiene las siguientes competencias:
a) Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar el Serenazgo de la Municipalidad Distrital de Ventanilla.
b) Coordinar las actividades y acciones con la Policía Nacional del Perú del distrito de Ventanilla.
c) Promover la participación vecinal en asuntos de seguridad.
d) Coordinar el servicio y acciones conjuntas con los responsables del Serenazgo de la Municipalidad Provincial del Callao.
e) Convocar a reuniones de coordinación con las Municipalidades Distritales y la Policía Nacional del Perú.
f) Diseñar y establecer el Sistema de Información Integrado Distrital.
g) Otras que disponga el Concejo Municipal Distrital de Ventanilla.
ARTÍCULO 4.- La Subgerencía de Serenazgo desempeñará las funciones establecidas en el Capítulo IV del Manual del Sereno, aprobado medíante Resolución Ministerial N° 772-2019-IN.
ARTÍCULO 5.- PRECISAR que la Subgerencía de Serenazgo desempeñará las funciones del artículo 50° de la Subgerencía de Serenazgo del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Ventanilla aprobado mediante Ordenanza Municipal 01-2019/MDV.
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11/10/2019 |
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ORDENANZA MUNICIPAL N° 023-2019/MDV |
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA OPINIÓN TÉCNICA FAVORABLE RESPECTO AL CAMBIO DE ZONIFICACION DEL PREDIO DENOMINADO TERRENO RÚSTICO PARCELA N° 02 PAMPAS DE VENTANILLA, INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL N° 70463706, CON UN ÁREA DE 50,019.50 M2, DE ZONA ECOLÓGICA - ZE Y ZONA DE HABILITACIÓN RECREACIONAL - ZHR A ZONA DE COMERCIO DISTRITAL - CD
ARTÍCULO 1.- APROBAR la opinión técnica favorable respecto al cambio de zonificación solicitada por Sr. Elio Eugenio Boero Zunino en calidad de representante de la Sra, Constanza María Esperanza Zunino Berisso de Boero, referente al predio denominado Terreno Rústico Parcela N° 02 Pampas de Ventanilla, inscrito en la Partida Registral N° 70463706, con un área de 50,019.50 m2, de Zona Ecológica - ZE y Zona de Habilitación Recreacional - ZHR a Zona de Comercio Distrital - CD
ARTÍCULO 2.- FACÚLTESE al Alcalde para mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 3.- ENCARGAR a la Secretaría General y Asesoría Jurídica remita copia certificada del presente dispositivo a la Municipalidad Provincial del Callao para la continuación del procedimiento.
ARTÍCULO 4.- ENCARGAR a la Secretaría General y Asesoría Jurídica la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, así como su respectiva difusión por parte de la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, a través del portal institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla (www.muniventanilla.gob.pe) y en la página del portal oficial del Estado Peruano.
ARTÍCULO 5.- La presente ordenanza entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. |
23/09/2019 |
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124 |
ORDENANZA MUNICIPAL 022-2019/MDV |
ORDENANZA MUNICIPAL 022-2019/MDV |
23/09/2019 |
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125 |
ORDENANZA MUNICIPAL N° 021-2019/MDV |
ARTICULO 1.- OBJETIVO Y ALCANCES: La presente Ordenanza tiene por objetivo establecer Beneficios Tributarios y No Tributarios dentro de la jurisdicción del Distrito de Ventanilla para aquellas personas naturales o jurídicas que mantengan obligaciones pendientes de cancelación, inclusive estando en la vía ordinaria, coactiva o fraccionada.
beneficio alcanza a las obligaciones, correspondientes a los años 1992 al 2019 (Obligación vencida de acuerdo a su periodicidad y exigibilidad de ser el caso), por concepto de: Impuesto Predial, Arbitrios de pieza Pública (Barrido de Calles y Recojo de Residuos Sólidos), Arbitrios de Parques y Jardines y Serenazgo; y las multas tributarias y administrativas; así como a las deudas que se encuentran con convenio de fraccionamiento de pago.
ARTÍCULO 2.- VIGENCIA Los beneficios establecidos estarán vigentes durante el periodo comprendido desde el día siguiente de su publicación de la presente ordenanza hasta el día 30 de setiembre del 2019.
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11/09/2019 |
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126 |
ORDENANZA MUNICIPAL N° 020-2019/MDV |
ARTÍCULO 1.- APROBAR la Modificación de la Ordenanza Municipal N 010-2019/MDV que regula el y proceso de formalización del comercio ambulatorio en el distrito de Ventanilla, solo en el siguiente extremo de sus articulados, quedando redactado de la siguiente manera: |
11/09/2019 |
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127 |
ORDENANZA MUNICIPAL N° 019-2019/MDV |
ORDENANZA MUNICIPAL QUE CREA LA INSTANCIA DE CONCERTACIÓN DISTRITAL PARA LA PREVENCIÓN, SANCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES V LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR DEL DISTRITO DE VENTANILLA.
ARTÍCULO 1: APROBAR la creación de la instancia distrital de Concertación del Distrito de Ventanilla para erradicar La violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar, en el marco de la Ley N 30364 - para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar.
ARTICULO 2: DE LA FINALIDAD DE LA INSTANCIA DISTRITAL DE CONCERTACIÓN
Tiene como responsabilidad elaborar, implementar, monitorear y evaluar las políticas públicas dadas de combatir la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar a nivel distrital mover el cumplimiento de la presente Ley
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11/09/2019 |
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128 |
ORDENANZA MUNICIPAL N° 018-2019/MDV |
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA OPINIÓN TÉCNICA FAVORABLE RESPECTO AL CAMBIO DE ZONIFICACION DEL PREDIO INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL N° 70629941 DENOMINADO "TERRENO RÚSTICO" LOTE B 1 P-2 ZONA NORTE DE LA CIUDAD SATÉLITE DE VENTANILLA, CON ÁREA DE 295,656.90 M2 DE ZONA RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA RDM A
ZONA INDUSTRIAL LIVIANA 12.
ARTÍCULO I.- APROBAR la opinión técnica favorable respecto al cambio de zonificación solicitada el Señor Moisés Ackerman Krikler representante de la Empresa Proyecto Ventanilla SAC, referente al predio inscrito en la Partida Registral N° 70629941 denominado "Terreno Rústico" Lote B 1 P-2 Zona Norte de la Ciudad Satélite de Ventanilla, con área de 295,656.90 m2 de zona residencial de densidad media RDM a Zona Industrial Liviana 12.
ARTÍCULO 2.- FACÚLTESE al Alcalde para mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 3.- ENCARGAR a la Secretaría General y Asesoría Jurídica la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, así como su respectiva difusión por parte de la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, a través del portal institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla (www.muniventanilla.gob.pe) y en la página del portal oficial del Estado Peruano.
ARTÍCULO 4.- La presente ordenanza entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario oficial El Peruano, conforme a ley.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y COMUNÍQUESE.
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08/08/2019 |
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ORDENANZA MUNICIPAL N° 017-2019/MDV |
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA OPINIÓN TÉCNICA FAVORABLE RESPECTO AL CAMBIO DE ZONIFICACION DEL PREDIO INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL N° 70629940 DENOMINADO "TERRENO RÚSTICO" LOTE B 1 P-1 ZONA NORTE DE LA CIUDAD SATÉLITE DE ^VENTANILLA, CON ÁREA DE 181,728.89 M2 DE ZONA RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA RDM A
ZONA INDUSTRIAL LIVIANA 12.
ARTÍCULO 1.- APROBAR la opinión técnica favorable respecto al cambio de zonificación solicitada por la empresa GLOBAL INVESTMENTS CAPITAL ASSETS S de RL, referente al predio inscrito en la Partida Registral N° 70629940 denominado "Terreno Rústico" Lote B 1 P-1 Zona Norte de la Ciudad Satélite de Ventanilla, con área de 181,728.89 m2 de zona residencial de densidad media RDM a Zona Industrial Liviana 12.
ARTICULO 3.- ENCARGAR a la Secretaría General y Asesoría Jurídica la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, así como su respectiva difusión por parte de la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, a través del portal institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla (www.muniventanilla.gob.pe) y en la página del portal oficial del Estado Peruano.
ARTÍCULO 4.- La presente ordenanza entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario oficial El Peruano, conforme a ley.
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08/08/2019 |
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130 |
ORDENANZA MUNICIPAL N°014-2019/MDV |
DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS
Primera.- Vigencia
La presente norma entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Que las bases del sorteo que forman parte de la presente Ordenanza serán aprobadas con la publicación de
la presente Ordenanza.
Segunda.- Cumplimiento
Encárguese el cumplimiento y difusión de la presente norma a la Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones, Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, Gerencia de Planificación Local y Presupuesto, y demás unidades orgánicas pertinentes conforme sus competencias y atribuciones.
Tercera.- Facultades Reglamentarias
Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones modificatorias, complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza.
Cuarta.- Suspensión normativa
Suspéndase toda norma que estipule lo contrario a lo normado en la presente Ordenanza. REGÍSTRESE, COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
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23/05/2019 |
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131 |
ORDENANZA MUNICIPAL N° 013-2019/MDV |
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES
PRIMERA.- OTORGAR un plazo de treinta (30) días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de la presente ordenanza, a fin de que los propietarios de los vehículos que se encuentren en presunta situación de abandono en la vía pública, procedan al retiro de los mismos, bajo apercibimiento del inicio del procedimiento establecido en la presente ordenanza.
SEGUNDA. ■ FACULTAR al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía expida las normas reglamentarias que fueran necesarias para la aplicación de la presente ordenanza municipal.
TERCERA. - En todo lo no previsto en la presente ordenanza, apliqúese de manera supletoria las disposiciones contenidas en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y la Ordenanza N° 016-2017/MDV y modificatorias, que regula el Reglamento de Aplicación de Sanciones en el distrito de Ventanilla, o el que se encuentre vigente, entre otras normas conexas.
CUARTA. - Disponer que la Subgerencia de Fiscalización y Control se sirva gestionar las acciones necesarias a fin de que se habilite un local donde se establezca el depósito municipal, el mismo que deberá ser refrendado mediante Decreto de Alcaldía.
QUINTA. - APROBAR mediante la presente ordenanza los siguientes formatos: Acta de Abandono, Acta de Internamiento de Vehículo y Acta de Entrega.
SEXTA. - ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastre a través de la Subgerencia de Fiscalización y Control; y demás órganos competentes de la Municipalidad Distrital de Ventanilla.
SÉPTIMA. - MODIFICAR el sub-numeral 18.3.3 del numeral 18.3 del artículo 18 de la Ordenanza Municipal N° 16-2017/MDV, ordenanza municipal que aprueba el reglamento de aplicación de sanciones (RAS) y el cuadro único de infracciones y sanciones (CUIS) de la municipalidad distrital de ventanilla, en los siguientes términos:
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23/05/2019 |
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132 |
ORDENANZA MUNICIPAL N° 012-2019/MDV |
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA
TÍTULO I CONDICIONES GENERALES
Artículo 1.- Objetivo
La presente Ordenanza tiene como objetivo promover el cumplimiento tributario mediante el establecimiento de un fraccionamiento con planes de pagos flexibles a favor de los contribuyentes del distrito de Ventanilla.
Artículo 2.- Alcances
El acogimiento de deudas tributarias comprende a los contribuyentes de la Municipalidad de Ventanilla que adeuden en forma conjunta o Indistinta: Impuesto Predial, Arbitrios y/o Multas Tributarias y no tributarias vencidas, correspondientes a los ejercicios anteriores al año en curso. Asimismo, en el caso de fraccionarse las Multas Tributarias, estas perderán los beneficios de gradualidad. Los dispuesto tiene alcance incluso respecto a las deudas tributarias en estado de cobranza coactiva, en este caso las costas y gastos generados en el trámite del procedimiento coactivo vinculado a la deuda fraccionada se incluirán en la cuota uno del convenio de fraccionamiento, excepto en los casos señalados en el numeral 5 del articulo 3 de esta norma.
Artículo 3.- Condiciones para el acogimiento
1. El convenio de fraccionamiento se realiza de manera presencial por el titular de la deuda.
2. Para solicitar un convenio de fraccionamiento, el contribuyente debe estar al día en el pago del Impuesto Predial y Arbitrios del año en curso
3. El acogimiento al fraccionamiento es por la deuda, que a libre elección, desee solicitar el contribuyente, a excepción de las deudas, vencidas o no, del año en curso.
4. Sobre las deudas no acogidas en el convenio de fraccionamiento se proseguirá con el proceso de cobranza hasta la ejecución de medidas cautelares y recuperación de las mismas.
5. Si la deuda materia de fraccionamiento se encuentra con medida cautelar trabada, se requerirá previamente a la suscripción del convenio de fraccionamiento, la aprobación y consentimiento del ejecutor coactivo mediante visto bueno en el sistema tributario.
6. Tratándose de deudas a fraccionar, mayores a 2 UIT que cuenten con medida cautelar de embargo en forma de inscripción; previo al convenio de fraccionamiento, se deberá pagar las costas y gastos incurridos en el proceso de cobranza coactiva.
7. La Administración Tributaria se reserva el derecho de solicitar garantía inmobiliaria o carta fianza de una entidad financiera, siempre y cuando la deuda no exceda las 10 UIT.
8. En ningún caso se entenderá otorgado el fraccionamiento con la sola presentación de una solicitud de fraccionamiento vía Mesa de Partes.
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09/05/2019 |
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133 |
ORDENANZA MUNICIPAL N° 011-2019/MDV |
ARTÍCULO 1.- APROBAR la Tabla de Valores Unitarios a costo directo de Obras Complementarias e Instalaciones Fijas y Permanentes para el ejercicio 2019, cuyo anexo forma parte integrante de la presente disposición; precisando que el texto íntegro será publicado en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, en la siguiente dirección electrónica: (www.muniventanilla.gob.pe), de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y N° 014-2012-JUS.
ARTÍCULO 2.- FACÚLTESE al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente ordenanza; así como para que eventualmente pueda prorrogar su vigencia.
ARTÍCULO 3.- ENCARGAR a la Secretaria General y Asesoría Jurídica la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial "El Peruano", a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicación y, a la Gerencia Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación y difusión de las acciones a realizar, en el portal institucional.
ARTÍCULO 4.- PRECISAR que la presente ordenanza distrital entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.
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29/04/2019 |
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134 |
ORDENANZA MUNICIPAL 010-2019-MDV |
ARTICULO 1- APROBAR la Ordenanza Municipal que regula el proceso de ordenamiento y Fiscalización del comercio ambulatorio en el distrito de ventanilla, Ea misma que consta de diez [10] títulos, treinta y siete (37) artículos, siete (07) disposiciones finales y complementarias y dos anexos; o texto integro será publicado en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, en la siguiente dirección electrónica: (www.muniventanilla.gob .pe). de acuerdo a lo establecido en el articulo 9 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y N° 014-2012-J US.
ARTICULO 2.- FACÚLTESE al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente ordenanza; así come para que eventual mente pueda prorrogar su vigencia.
ARTICULO 3.- ENCARGAR el cumplimiento del presente dispositivo a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia de Desarrollo Urbano e Infraestructura, Gerencia da Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgos de Desastres.
ARTÍCULO A.- ENCARGAR a la Secretaria General y Asesoría Jurídica la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial "El Peruano"; a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicación y, a la Gerencia Comunicaciones o Imagen Institución % la publicación y difusión de las acciones a realizar en el portal institucional.
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29/04/2019 |
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135 |
ORDENANZA MUNICIPAL N°009-2019/MDV |
ARTfCULO 1- APROBAR la ordenanza que reglamenta el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y carga en Vehículos Menores Motorizados y no Motorizados en el Distrito de Ventanilla, la misma que consta de un 01} Titulo, diez (10) capítulos, cuarenta y tres (43) artículos, diez disposiciones transitorias y finales y tres anexos; cuyo texto Integro será publicado en el Portal Institucional do la Municipalidad Distrital de Ventanilla, en la siguiente dirección electrónica: [www.muniventanilla.gob.pe), de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 del Decreto Supremo N O01-2009-JUS y N° 014 2012-JUS Asimismo, deberá incorporarse al Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, vigentes, los requisitos y derechos por concepto de los trámites establecidos en la presente ordenanza.
ARTICULO 2.- FACÚLTASE al Alcaide Distrital de Ventanilla para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias pertinentes para la correcta aplicación de la presente ordenanza.
ARTICULO 3.- DERÓGASE la Ordenanza Municipal 024-2013-MDV y el Decreto de Alcaldía N° 02-2018-MDv/ALC, así como cualquier otra norma y demás disposiciones municipales que se opongan en la presente ordenanza.
ARTICULO 4- ENCARGAR el cumplimiento del presente dispositivo a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Desarrollo Urbano e Infraestructura y a la Subgerencía de Transporte.
ARTICULO 5.- ENCARGAR a la Secretaria General y Asesoria Jurídica las acciones para !a difusión y publicación de la presente Ordenanza, así como la notificación a las unidades orgánicas de la Municipalidad.
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25/04/2019 |
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