Ordenanzas Municipales
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106 ORDENANZA MUNICIPAL 015-2020/MDV ARTÍCULO 1. - APROBAR la Ordenanza Municipal que modifica la Ordenanza Municipal N° 027-2019/MDV, adecuada a la Ley N° 30198, Ley que reconoce la preparación y expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en la vía pública, como microempresas generadoras de autoempleo productivo, en los espacios públicos del distrito de ventanilla; así como establecer medidas de bioseguridad para evitar la propagación del COVID - 19; de acuerdo con el detalle contenido en el Anexo I y II, que forman parte integrante de la presente ordenanza. ARTICULO 3o.- ALCANCE.- La presente Ordenanza Municipal se aplica en toda la jurisdicción del Distrito de Ventanilla, su cumplimiento es obligatorio para todas las autoridades y funcionarios de la Municipalidad Distrital de Ventanilla; así como para las personas jurídicas, personas naturales, propietario del negocio de reparación y expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en la vía pública, como microempresas generadoras de autoempleo productivo, en los espacios públicos del distrito de Ventanilla, a fin de evitar la propagación del COVID-19. 10/09/2020
107 ORDENANZA MUNICIPAL N° 014-2020/MDV ARTICULO I0.- APROBAR la Ordenanza Municipal de Bodegueros del distrito de ventanilla, la misma que consta de once artículos, dos Disposiciones Finales y dos Anexos (Anexo 1- Formulario de Declaración Jurada para Licencia de Funcionamiento provisional para Bodegas y Anexo 2.- Declaración Jurada de jmplímienío de las Condiciones de Seguridad en la Edificación); cuyo texto íntegro será publicado en el Portal Electrónico Institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla www.muniventanilla.gob.pe y en la pagina del portal oficial del Estado Peruano. ARTÍCULO 2°.-OBJETIVO La presente Ordenanza tiene por objetivo reconocer el valor social de la actividad del bodeguero, a través del expendio o ventas de productos de primera necesidad, refiriéndose al negocio dedicado a la venta al por menor de dichos productos, predominantemente alimentos y bebidas, destinados a satisfacer los requerimientos diarios de los hogares. ARTÍCULO 3°.- FINALIDAD El presente reglamento tiene por finalidad impulsar y apoyar la actividad de los bodegueros a través de instrumentos y la generación de espacios que promuevan su identificación, formalización, representatividad y desarrollo en el comercio interno del Distrito de Ventanilla. ARTÍCULO 4o.- BASE LEGAL La base legal aplicable al presente caso en la siguiente: 4.1 Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 4.2 Ley N° 28976, Ley de licencias de funcionamiento. 4.3 Ley N° 30877, Ley de Bodegueros. 4.4 Decreto Supremo N°010-20220-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30877, Ley General de Bodeguero. 4.5 Ord N° 018-2013-MDV, Ordenanza que aprueba el nuevo reglamento general de licencias de funcionamiento. 4.6 Ord N° 017-2015-MDV, Ordenanza que modifica el art 33 de la Ord 018-2013 MDV. 27/08/2020
108 ORDENANZA MUNICIPAL N°013-2020/MDV PRIMERO.- FACÚLTESE al Titular de la entidad para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las acciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza; así como determinar y aprobar la prórroga de su vigencia SEGUNDO.- PRECISAR La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación y regirá durante el estado emergencia previsto por el gobierno central. TERCERO.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente ordenanza, así como la acción en el portal institucional de la entidad TRESE, COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA 27/08/2020
109 ORDENANZA MUNICIPAL N° 012-2020/MDV ARTÍCULO 1.- APROBAR la Ordenanza para el Programa de Vivienda de Ventanilla - PROVIVE, y establece los procedimientos vinculados al Programa Techo Propio, en las modalidades de Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, en el Distrito de Ventanilla, que como anexo forma parte de la presente Ordenanza, el mismo que consta de seis artículos, cuatro Disposiciones Finales y siete Anexos; cuyo texto íntegro será publicado en el Portal Electrónico Institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla www.muniventanilla.gob.pe. ARTÍCULO 2.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. ARTÍCULO 3.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano e Infraestructura, Subgerencia de Obras Privadas y a las demás unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, así como también a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicación, la publicación de la presente en la página web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla y en la página del portal oficial del Estado Peruano. 15/07/2020
110 ORDENANZA MUNICIPAL N° 011-2020/MDV ARTÍCULO 1.- APROBAR el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de Ventanilla 2020, el mismo que ha sido aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Ventanilla, y declarado apto para su implementación por el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana del Callao, mediante el Informe Técnico N° 002-2020MPC/SECT/LMPB/2020, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. ARTICULO 2.- AUTORIZAR al Señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas complementarias a la presente Ordenanza. Escaneado con CamScanner ARTÍCULO 3.- ENCARGAR a la Secretaría General, disponga la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano, así como también a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicación, la publicación del presente en la página web de la Municipalidad Distrital de ventanilla, cuya dirección electrónica es: www.muniventanilla.gob.pe y en la página del portal oficial del Estado Peruano. 22/06/2020
111 ORDENANZA MUNICIPAL N° 010-2020/MDV ORDENANZA MUNICIPAL QUE DEFINE LOS GIROS AFINES O COMPLEMENTARIOS ENTRE SI PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO EN EL DISTRITO DE VENTANILLA ARTÍCULO 1.- APROBAR el Formato de Solicitud para cambio de Giro de Negocio y/o Ampliación de actividades simultáneas, el mismo que contempla el Listado y definición de los giros afines o complementarios entre sí para el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento, que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente Ordenanza. ARTICULO 2.- OBJETO la presente Ordenanza tiene por objeto establecer el marco normativo, en relación al aspecto técnico para aprobar y determinar la afinidad o complementariedad entre los diversos giros de zonificación conforme, y por lo tanto puedan ser comprendidos en una sola licencia de funcionamiento, que otorga la municipalidad distrital de Ventanilla, para el desarrollo de actividades económicas, profesionales y/o de servicios, lucrativas o no lucrativas en un establecimiento determinado; de acuerdo a los lineamientos que ha establecido el Ministerio de la Producción mediante Decreto Supremos N° 11-2017-PRODUCE y N° 9-2020-PRODUCE, en concordancia con el Decreto Supremo N° 46-2017-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley ND 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y los Formatos de Declaración Jurada. 11/06/2020
112 ORDENANZA MUNICIPAL N° 009-2020/MDV ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD PARA EVITAR LA PROPAGACIÓN DEL COVID - 19 EN EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIALDE PASAJEROS Y CARGA EN VEHÍCULOS MENORES MOTORIZADOS O NO MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE VENTANILLA ARTÍCULO 1.- OBJETO Garantizar el cumplimiento de las disposiciones emitidas por el Gobierno Central en materia de la prestación del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados o No Motorizados en el Distrito de Ventanilla, a fin de evitar la propagación del COVID - 19. ARTICULO 2.- ALCANCE La presente Ordenanza Municipal se aplica en toda la jurisdicción del Distrito de Ventanilla, su cumplimiento es obligatorio para todas las autoridades y funcionarios de la Municipalidad Distrital de Ventanilla; así como para las personas jurídicas, personas naturales, propietarios y/o conductores que prestan el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados o No Motorizados en el Distrito de Ventanilla. ARTÍCULO 3.- DEFINICIONES a) SERVICIO ESPECIAL: Es el servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos menores prestado por el transportador autorizado en la jurisdicción de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. b) TRANSPORTADOR AUTORIZADO: Persona Jurídica debidamente inscrita en los Registros Públicos y autorizada por la Municipalidad Distrital de Ventanilla para realizar el Servicio de Transporte en mención. c) VEHICULO MENOR: Vehículo de tres (03) ruedas motorizados y no motorizados, especialmente acondicionado para el transporte de personas y carga, cuya estructura y carrocería cuentan con elementos de protección al usuario. d) CONDUCTOR AUTORIZADO: Persona Natural con la respectiva licencia de conducir registrado en una persona jurídica y acreditada por la Subgerencia de Transporte de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. e) USUARIO: Persona natural que solicita el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y no Motorizados. 25/05/2020
113 ORDENANZA MUNICIPAL N° 007-2020/MDV ARTÍCULO 1.- DISPONER la conformación del Comité de Emergencia Sanitaria Distrital de la unicipalidad de Ventanilla, el mismo que estará conformado por: > El Alcalde o su representante, quien lo presidirá. > El Gerente Municipal. > El Gerente General del Sistema de Salud Municipal. > El Gerente General del Sistema de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental. > El Gerente de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastre. > El Subgerente de Fiscalización y Control. > El Subgerente de Serenazgo. \ El referido comité tendrá la función de proponer medidas, articular, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar : todas las acciones orientadas a la prevención y control para evitar la propagación del Covid19 u otras enfermedades infecciones que por su magnitud lo requieran; dentro del marco de las competencias establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades y articulación con las entidades públicas y privadas, conforme a las disposiciones de la Autoridad Sanitaria Nacional ARTÍCULO 2.- FACULTAR al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente ordenanza; así como para que eventualmente pueda prorrogar su vigencia. ARTICULO 3.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastre, Gerencia de Desarrollo Económico y demás unidades competentes que en el marco de sus funciones resulte de competencia la presente Ordenanza. 29/04/2020
114 ORDENANZA MUNICIPAL 006-2020/MDV ORDENANZA MUNICIPAL 006-2020/MDV 06/02/2020
115 ORDENANZA MUNICIPAL 005-2020/MDV ORDENANZA MUNICIPAL 005-2020/MDV 06/02/2020
116 ORDENANZA MUNICIPAL N° 004-2020/MDV ARTÍCULO 1.- EXONÉRESE del pago de derechos administrativos correspondientes a la tramitación del Matrimonio Civil, a las parejas inscritas parta la celebración del Matrimonio Civil Comunitario, a realizarse el de febrero del presente año, en el Estadio Municipal Facundo Ramírez Aguilar; según el siguiente detalle: -Apertura de expediente matrimonial: S/ 50.36 -Celebración del Matrimonio: S/ 300 16/01/2020
117 ORDENANZA MUNICIPAL N° 003-2020/MDV ARTÍCULO 2,- FACULTAR al Señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. ARTÍCULO 3.- ENCARGAR a todas las Unidades Orgánicas de la entidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, así como la toma de acciones correspondientes con arreglo a ley. ARTÍCULO 4.- DEROGAR la Ordenanza Municipal ND 001-2019-MDV de fecha 09 de enero de 2019, que aprobó la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, así como los demás dispositivos municipales que se opongan a la presente. 16/01/2020
118 ORDENANZA MUNICIPAL N° 002-2020/MDV ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE INCENTIVOS POR EL PRONTO PAGO DE IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2020 ARTICULO 1°.-OBJETIVOS. Aprobar el Régimen de Incentivos por "Pronto Pago" de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2020. ARTICULO 2°.-FINALIDAD. Disminuir la morosidad, e impulsar el desarrollo de la conciencia tributaria entre los vecinos del distrito ARTICULO 3°.-VIGENCIA. La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. 09/01/2020
119 ORDENANZA MUNICIPAL N° 001-2020/MDV ARTICULO 1°.- ESTABLECER las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2020, de conformidad con lo previsto en el articulo 15° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributario Municipal, en las siguientes fechas de vencimiento: 09/01/2020
120 ORDENANZA MUNICIPAL N° 007-2019/MDV ORDENANZA MUNICIPAL QUE RECONOCE LA LUCHA CONTRA LA ANEMIA EN LA POBLACIÓN GESTANTE, MATERNO INFANTIL Y ESCOLAR COMO PRIORIDAD PARA LOGRAR EL DESARROLLO INFANTIL TEMPRANO ARTÍCULO 1.- DECLARAR de prioridad del gobierno local del distrito de Ventanilla LA LUCHA CONTRA LA ANEMIA en la población gestante, materno infantil y escolar, con la finalidad de lograr el desarrollo infantil temprano en nuestro distrito. ARTÍCULO 2.- CONFORMAR la "INSTANCIA DE ARTICULACIÓN LOCAL DE LUCHA CONTRA LA ANEMIA", de conformidad con el Plan Multisectorial de Lucha contra la Anemia", aprobado mediante el D.SN0 068-2018-PCM. ARTÍCULO 3.- ENCARGAR al Órgano Desconcentrado del Sistema de Salud Municipal Ventanilla, la responsabilidad de coordinar y conducir la implementación de acciones estratégicas de manera articulada con los miembros de la "Instancia de Articulación Local de la Lucha contra la Anemia" y los actores identificados para el logro de los objetivos. ARTÍCULO 4.- APROBAR el "PROGRAMA ANEMIA CERO" y las acciones para fortalecer los procesos de planificación estratégica, diseño y gestión de proyectos de lucha contra la Anemia, a nivel de los actores distritales relacionados al tema, tales como instituciones públicas, empresas privadas, comedores populares, organización social del vaso de leche, club de madres y organizaciones sin fines de lucro. ARTÍCULO 5.- AUTORIZAR al Señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas complementarias a la presente Ordenanza. ARTÍCULO 6.- ENCARGAR a la Secretaria General y Asesoría Jurídica la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial "El Peruano"; a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicación y, a la Gerencia Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación y difusión de las acciones a realizar, en el portal institucional. ARTÍCULO 7.- PRECISAR que la presente ordenanza distrital entrará en vigencia al día siguiente de su publicación REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y COMUNIQUESE. 21/03/2019
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