Ordenanzas Municipales
N° |
Nombre |
Descripción |
Fecha |
Documento |
151 |
ORDENANZA MUNICIPAL 009-2018/MDV |
ORDENANZA MUNICIPAL 009-2018/MDV |
28/06/2018 |
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152 |
ORDENANZA MUNICIPAL 008-2018/MDV |
ORDENANZA MUNICIPAL 008-2018/MDV |
28/06/2018 |
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153 |
ORDENANZA MUNICIPAL N°007-2018/MDV-CDV |
ORDENANZA QUE APRUEBA EL SORTEO PÚBLICO DENOMINADO: VENTANILLA PREMIA TU CUMPLIMIENTO
Artículo I.- Objetivo
La presente Ordenanza tiene como objetivo aprobar la realización del Sorteo Público denominado Ventanilla premia tu cumplimiento, así como establecer las condiciones generales para dicho sorteo.
Artículo 2.- Aprobación
Autorizar la realización del Sorteo Público denominado Ventanilla premia tu cumplimiento para los contribuyentes del distrito, que cumplan con los requisitos establecidos en la presente norma y en las bases que forman parte de la presente Ordenanza, el mismo que se llevará a cabo en fecha 1 de junio en hora y lugar que decida la Comisión Organizadora de dicho evento y que será publicitado en la página web de la Municipalidad de Ventanilla.
Artículo 3.- Premios
Autorizar para el sorteo descrito en el artículo 2 los siguientes premios:
10 televisores LED 50
3 paquetes dobles para el Mundial de Fútbol Rusia 2018 (monto en efectivo).
Artículo 4.- Participantes
Todos los contribuyentes activos registrados en la Municipalidad de Ventanilla como personas naturales, propietarios o poseedores de uno o más predios, que se encuentren al día respecto de sus pagos de impuesto predial y arbitrios municipales por el ejercicio 2018, o que hubieran cancelado su deuda antes del 25 de mayo del presente ejercicio.
Artículo 5.- Bases del Sorteo
Las Bases del Sorteo forman parte de la presente Ordenanza y rigen todas las actuaciones a llevarse a cabo para su realización.
Artículo 6.- Responsabilidades
Encargar a la Comisión Organizadora las acciones necesarias para llevar a cabo el sorteo, debiendo establecer las coordinaciones pertinentes con las Notarías, Ministerio del Interior y entidades pertinentes, llevar la documentación correspondiente, el levantamiento de actas, entrega de premios, entre otros procedimientos formales necesarios,
Encargar a la Gerencia de Comunicaciones la coordinación general del sorteo, así como las funciones de difusión y publicidad propias de su cargo.
Encargar a la Gerencia de Tecnologías de Información, la identificación de los contribuyentes a ingresar al sorteo de acuerdo a los requisitos establecidos en las bases del Sorteo, así como todas las operaciones tecnológicas para su realización.
Encargar a la Gerencia de Planificación Local y Presupuesto la realización de las acciones presupuestarias que correspondan para cumplir con lo dispuesto en la presente Ordenanza.
DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS
Primera.- Vigencia
La presente norma entra en vigencia al día siguiente de su publicación.
Segunda.- Cumplimiento
Encárguese el cumplimiento y difusión de la presente norma a la Gerencia de Administración, Gerencia de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones, Gerencia de Comunicaciones, Gerencia de Planificación Local y Presupuesto, y demás unidades orgánicas pertinentes conforme sus competencias y atribuciones,
Tercera.- Facultades Reglamentarias
Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones modificatorias complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza.
Cuarta.- Suspensión normativa
Suspéndase toda norma que estipule lo contrario a lo normado en la presente Ordenanza.
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26/04/2018 |
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154 |
ORDENANZA MUNICIPAL N° 005-2018/MDV |
ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS PARA PERSONAS DE 65 AÑOS A MÁS DEL DISTRITO DE VENTANILLA
Artículo 1.- Objetivo
La presente Ordenanza tiene como objetivo establecer beneficios para aquellas personas naturales de 65 años de edad a más, que se encuentren registrados como contribuyentes del distrito.
Artículo 2.- Requisitos:
-Todos los contribuyentes que siendo personas naturales de 65 años de edad a más, gozarán de los beneficios establecidos en la presente Ordenanza, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:
-Tener 65 años de edad cumplidos o más.
-Ser propietarios de un solo inmueble a nombre propio o de la Sociedad Conyugal que integran. j El inmueble debe encontrarse destinado a vivienda.
-Se considera que cumple con el requisito de única propiedad cuando además de la vivienda, sea propietario de otra unidad inmobiliaria como el estacionamiento, azotea, aires, depósito, tendales u otra similar naturaleza en donde no se desarrolle actividad comercial y/o servicio alguno.
-El uso parcial del inmueble con fines comerciales (sólo uso comercio vecinal), con aprobación de la Municipalidad, no afectará el beneficio, el mismo que se aplicará únicamente a los anexos de uso casa habitación y comercio vecinal en lo que respecta a arbitrios municipales.
Artículo 3.- Beneficios
Todos los contribuyentes que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 2do de la presente Ordenanza, obtendrán los siguientes beneficios:
3.1. Beneficios sobre el Impuesto Predial de años anteriores al ejercicio corriente
-Condonación del 100% de intereses
-Condonación del 100% de reajustes
-Condonación del 100% de derechos de emisión
-Condonación del 100% de costas y gastos
3.2. Beneficios sobre Arbitrios Municipales del ejercicio corriente
-Condonación del 100% de intereses
3.3. Beneficios sobre Arbitrios Municipales de años anteriores al ejercicio corriente
Se obtendrán los siguientes beneficios únicamente respecto de cada año relacionado al Impuesto Predial cancelado:
-Condonación del 100% de intereses
-Condonación del 100% de derechos de emisión
-Condonación del 100% de costas y gastos
-Condonación del 50 % de Insoluto de Arbitrios Municipales
3.4. Otros Beneficios
-Condonación del 100% de multas tributarias de cada año relacionado al Impuesto Predial Cancelado Artículo 4o Otorgamiento y Aplicación de Beneficios
-Para acogerse al beneficio, es necesaria la presentación de la Declaración Jurada conforme el formato aprobado, anexo a la presente Ordenanza en la Oficina de Registro y Atención al Contribuyente (Edificio de Rentas al Costado del Banco de la Nación), adjuntando la siguiente documentación:
-Mostrar el Documento Nacional de Identidad DNI (Original)
-Copia del documento que acredite la propiedad (título de propiedad, partida registral con una antigüedad no
mayor de 30 días, entre otros documentos de fecha cierta). S Certificado positivo o negativo de propiedad expedido por Registros Públicos que demuestre la propiedad de
-El beneficio otorgado será de aplicación únicamente a los anexos de uso casa habitación y comercio vecinal en lo que respecta a arbitrios municipales; asimismo, tendrá una renovación automática de tres años, posteriores al actual ejercicio.
/ Condonación del 100% de derecho de emisión
/ Condonación del 100% de costas y gastos
/ Condonación del 100% de Insoluto de Arbitrios Municipales un solo predio.
Artículo 5. Excepciones y Reconocimiento de la deuda
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27/03/2018 |
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155 |
ORDENANZA MUNICIPAL N° 004-2018/MDV |
Artículo 1.- Ratificar la actualización del Plan de Seguridad Ciudadana 2018, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Ventanilla, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 2.- Encargar a la Gerencia de Seguridad Ciudadana el cumplimento de la presente Ordenanza, a la Gerencia Legal y Secretaría Municipal su publicación en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones su publicación en el Portal Institucional (www.muniventanilla.gob.pe).
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27/03/2018 |
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156 |
ORDENANZA MUNICIPAL N° 003-2018/MDV |
Primera.- Vigencia
La presente norma entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano hasta el 31 de marzo del presente ejercicio.
Segunda.- Cumplimiento
Encárguese el cumplimiento y difusión de la presente norma a la Subgerencia de Ejecución Coactiva, Subgerencia de Fiscalización y Control, Gerencia de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones, Subgerencia de Finanzas, Gerencia de Comunicaciones, y demás dependencias pertinentes del corporativo conforme sus competencias y funciones.
Facultades Reglamentarias
Facultese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia y/o dicte las disposiciones modificatorias, complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza.
Cuarta.- Derogatoria
Suspéndase toda norma que estipule lo contrario a lo normado REGÍSTRESE, PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
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28/02/2018 |
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157 |
ORDENANZA MUNICIPAL N° 002-2018/MDV |
Artículo 1.- Objetivo
La presente Ordenanza tiene como objetivo establecer beneficios e incentivos al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales dentro de la jurisdicción del distrito de Ventanilla, que permita a los contribuyentes la regularización de sus obligaciones tributarias.
Artículo 2.- Alcances y Beneficios Todos los contribuyentes que mantengan deudas por Impuesto Predial y/o Arbitrios Municipales únicamente por los ejercicios 2017 y/o 2018, y cumplan con efectuar el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2017 hasta el 28 de marzo del 2018, obtendrán los siguientes beneficios sobre Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2017
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28/02/2018 |
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158 |
Ordenanza Municipal N.° 001-2018/MDV |
Ordenanza Municipal N.° 001-2018/MDV |
24/01/2018 |
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159 |
ORDENANZA MUNICIPAL N° 029-2017/MDV |
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES
PRIMERA,- Deróguese todas las normas y/o disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza.
SEGUNDA.- La Presente Ordenanza entrará en vigencia desde el día siguiente de su publicación y hasta el 31 de Diciembre de 2018, disponiéndose además su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de Ventanilla, www.muniventanilla.gob.pe.
TERCERA.- Encárguese a la Gerencia de Rentas Municipales y Sub Gerencias dependientes de dicha Unidad Orgánica, Gerencia de Comunicaciones, Gerencia de Administración, Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y todas las demás dependencias de la Municipalidad deberán prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento.
CUARTA.-Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaidía dicte las disposiciones para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como para determinar y aprobar la prórroga de su vigencia.
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27/12/2017 |
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160 |
ORDENANZA MUNICIPAL N° 028-2017/MDV |
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ROF DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA
ARTÍCULO 1- APROBAR la modificación del Reglamento de Organización y Funciones ROF de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, en el extremo de los artículos 16, 17, 19, 26, 27, 28, 29, 33, 34, 36, 40, 44, 45, 46, 47, 48, 52, 55, 58, 61, 64, 67, 70 y 75 de acuerdo al Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal.
ARTÍCULO 2.- MODIFICAR la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, en el extremo correspondiente al cambio de denominación:
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27/12/2017 |
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161 |
ORDENANZA MUNICIPAL N° 027-2017/MDV |
ORDENANZA QUE ESTABLECE INCENTIVOS TRIBUTARIOS PARA LOS CONTRIBUYENTES
DEL DISTRITO DE VENTANILLA
ArtÃculo 1- Objetivo : La presente Ordenanza tiene como objetivo establecer beneficios al pago del Impuesto Predial y Arbitrios municipaies dentro de la jurisdicción del distrito de Ventanilla, para aquellos contribuyentes que se encuentren registrados en calidad de propietarios o poseedores respecto de sus predios, que mantienen deuda con la
municipalidad o que se encuentren omisos a la declaración jurada de inscripción del Impuesto Predial y/o regularicen de forma voluntaria su Declaración Jurada la cual incida en el aumento de! valor de su autovalúo.
ArtÃculo 2,- Alcances
a) Todos los administrados, que mantengan la calidad de propietarios o poseedores respecto de sus predios, que no se encuentren registrados ante la Administración (omisos),
b) Todos los contribuyentes que mantengan la calidad de propietarios o poseedores respecto de sus predios, que no hayan cumplido con actualizar el aumento de valor, el uso del predio u otro dato que tenga incidencia en el aumento de valor en la determinación del Impuesto Predial y/o Arbitrios (subvaluadores).
c} Todos los contribuyentes que mantengan la calidad de propietarios o poseedores respecto de sus predios, que se encuentren registrados como tal ante la Administración y que cuenten con deuda tributaria pendiente por tributos municipales.
ArtÃculos.- Beneficios
Los contribuyentes que se encuentren dentro del alcance de la presente norma, podrán acogerse a los beneficios siempre y cuando cumplan con las siguientes condiciones:
INCENTIVO 1 -
Todos aquellos contribuyentes que mantengan la calidad de propietarios o poseedores respecto de sus predios y mantengan deuda únicamente por tributos municipales del ejercicio 2017 y que cumplan con pagar la totalidad del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el 29 de diciembre del presente ejercicio, obtendrán los siguientes beneficios
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04/12/2017 |
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162 |
ORDENANZA MUNICIPAL N° 026-2017/MDV |
ArtÃculo 1,- APROBAR el Plan de Operaciones dé Emergencia Distrital (POED) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, el cual como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal.
artÃculo 2.- DISPONER que la Subgerencia de Gestión de Riesgo de Desastres y Defensa Civil, asà como las demás unidades orgánicas directamente involucradas, implementen, ejecuten y supervisen el plan de Operaciones de Emergencia Distrital (POED) aprobado en el articulo precedente.
ArtÃculo 3.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano para remita copia de la presente Ordenanza Municipal al Centro de Estimación Nacional de Estimación, Prevención y Reducción de Riesgo de Desastres (CENEPRED) y al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), para su conocimiento y fines pertinentes.
ArtÃculo 4.- ENCARGAR a la Gerencia Legal y SecretarÃa Municipal, la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano, y el Ãntegro del mismo en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla
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04/12/2017 |
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163 |
ORDENANZA MUNICIPAL N° 025-2017/MDV |
Artículo 1o.- Aprobar la emisión mecanizada de las declaraciones juradas del Impuesto Predial y de ¡a Hoja de Liquidación de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes ai ejercicio 2018.
Artículo 2°,- Fíjese en S/ 5.40 soles, el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial, Hoja de Liquidación de Arbitrios (HLA) y distribución domiciliaria de la cuponera de pagos correspondiente al ejercicio 2018.
Fíjese en SI, 2.16 soles, por cada predio adicional, el misino que comprende un formato de PU y HLA.
Artículo 3°,- Apruébese el Cuadro de Estructura de Costos, así como el Cuadro de Estimación de Ingresos por concepto de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación del Impuesto Predial, Hoja de Liquidación de Arbitrios y Distribución Domiciliaria de la Cuponera de pagos correspondiente a! ejercicio 2018, que se detalla en el Anexo i (Informe Técnico) que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 4°. La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 1 de enero del 2018, previa publicación en el diario Oficial El Peruano de la Ordenanza Municipal, el Informe Técnico Financiero de Costos, así como del Acuerdo de Consejo Ratificatorio expedido por la Municipalidad Provincial del Callao, de la misma forma serán publicados en el Portal Web de la Municipalidad de Ventanilla www.muniventanilla.gob.pe.
Artículo 5°.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Rentas Municipales y Subgerencias conformantes ei cumplimiento de ¡a presente Ordenanza.
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17/11/2017 |
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164 |
ORDENANZA MUNICIPAL N° 024-2017/MDV |
ORDENANZA QUE APRUEBA EL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA {RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS Y BARRIDO DE CALLES), PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018
Artículo 1- MARCO LEGAL APLICABLE
APLÍQUESE, para el ejercicio gravable 2018, Indispuesto en la Ordenanza N° 22-2016-MDV que aprueba los arbitrios municipales de Limpieza Pública (Barrido de calles, Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines, y Serenazgo, ratificada mediante Acuerdo de Concejo N° 095-2016 de la Municipalidad Provincial del Callao aprobada el 27 de diciembre de 2016 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de diciembre de 2016.
Artículo 2.- DETERMINACIÓN DE TASAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES
REAJÚSTESE, los montos de las tasas aprobadas mediante Ordenanza N° 22-2016-MDV que aprueba los arbitrios municipales de Limpieza Pública (Barrido de calles, Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines, y Serenazgo, mediante la aplicación del índice de Precios al Consumidor a nivel Lima Metropolitana, acumulado al mes de agosto del 2017, ascendente al 1.90%, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 277-2017-1NEI, publicada el 31 de agosto de 2016 en el Diario Oficial Ei Peruano.
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26/09/2017 |
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ORDENANZA MUNICIPAL N° 023-2017/MDV |
Artículo 1.- Exonérese del pago de derechos administrativos correspondientes a la tramitación del Matrimonio Civil, establecidos en el procedimiento N° 1.02 del Texto Único de Servicios No Exclusivos -TUSNE, de la Municipalidad Distrital de Ventanilla ascendente a S/ 200.00 (doscientos 00/100 soles) y del procedimiento N 2.01 del Texto Único de Procedimiento Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Ventanilla ascendente a S/50 40 (cincuenta 40/100 soles), a las parejas inscritas para la celebración del Matrimonio Civil Comunitario, a realizarse Los días 30 de setiembre y 6 de octubre de 2017.
Articulo 2.- Encargar a la Gerencia Municipal y Subgerencia de Atención al Vecino y Registro Civil, el cumplimiento de la presente Ordenanza.
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20/10/2017 |
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