Ordenanzas Municipales
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ORDENANZA MUNICIPAL N° 002-2021/MDV |
ARTICULO 1.- APROBAR la Numeración Municipal del Asentamiento Humano Los Licenciados, de acuerdo al Anexo N 01, N 02 y N 03 que obra adjunto a la presente Ordenanza, cuyo texto será publicado en la página web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla www.muniventanilla.gob.pe, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9o del D.S N 001-2009-JUS.
ARTÍCULO 2.- FACULTAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal.
ARTÍCULO 3.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano e Infraestructura, Subgerencia de Catastro y Planeamiento Urbano y a las demás unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, así como la toma de acciones correspondientes con arreglo a Ley.
ARTÍCULO 4.- ENCARGAR a la Secretaria General, disponga la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
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11/01/2021 |
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ORDENANZA MUNICIPAL N° 001-2021/MDV |
ARTÍCULO 1.- APROBAR la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, que como anexo forma parte de la presente Ordenanza, el mismo consta de cuatro títulos, cuatro capítulos y ochenta y un artículos, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal, cuyo texto será publicado en la página web de la Municipalidad
Distrital de Ventanilla www.muniventanilla.gob.pe, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 del D.S.L 001-2009-JUS.
ARTÍCULO 2.- FACULTAR al Señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla,
RTÍCULO 3.- ENCARGAR a todas las unidades orgánicas de la entidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, así como la toma de acciones correspondientes con arreglo a Ley.
ARTÍCULO 4.- ENCARGAR a la Secretaria General, disponga la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
ARTÍCULO 5.- DEROGAR toda norma o disposición que se oponga a la presente Ordenanza
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11/01/2021 |
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ORDENANZA MUNICIPAL N° 019-2020/MDV |
ARTÍCULO 1.- APROBAR la Tabla de Valores Unitarios a costo directo de Obras Complementarias e instalaciones Fijas y Permanentes para el ejercicio 2021, cuyo anexo forma parte integrante de la presente posición; precisando que el texto íntegro será publicado en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital Ventanilla, en la siguiente dirección electrónica: (www.muniventanilla.gob.pe), de acuerdo a lo establecido en artículo 9 del Decreto Supremo N 001-2009-JUS y N° 014-2012-JUS.
ARTÍCULO 2.- AUTORIZAR al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas complementarias a la presente Ordenanza.
ARTICULO 3.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la Presente Ordenanza en el diario oficial El Peruano; a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicación la publicación de las acciones a realizar, en el portal institucional.
ARTÍCULO 4.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicación y Subgerencia de Fiscalización Tributaria.
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18/12/2020 |
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ORDENANZA MUNICIPAL N° 016-2020-MDV |
PRIMERA.- DISPONER que la presente ordenanza entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2021, previa ratificación mediante Acuerdo de Concejo por parte de la Municipalidad Provincial del Callao y su publicación en el Diario oficial El Peruano de la Ordenanza Municipal íntegra así como del informe técnico.
SEGUNDA.- PRECISAR si como resultado de la aplicación y distribución de los costos aprobados por la presente Ordenanza de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para los predios de uso casa habitación se determina el pago de tasas superiores a las del ejercicio 2020; este incremento en ningún caso podrá será mayor al determinado de los montos establecidos para dicho ejercicio. En los casos de predios con uso distinto a Casa habitación, el incremento máximo para los arbitrios será del 10% respecto a lo determinado en el ejercicio 2020. Dichos porcentajes, no serán aplicables en caso exista variación en las áreas y/o uso del predio sea por Actualización de DD.JJ. y/o Proceso de fiscalización para lo cual se aplicarán las tasas establecidas en la presente ordenanza.
TERCERA.- PRECISAR que los subsidios producto de los beneficios otorgados en virtud de la presente ordenanza serán asumidos con los recursos del Municipio a fin de evitar el traslado del costo de los mismos a los contribuyentes.
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26/10/2020 |
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ORDENANZA MUNICIPAL 015-2020/MDV |
ARTÍCULO 1. - APROBAR la Ordenanza Municipal que modifica la Ordenanza Municipal N° 027-2019/MDV, adecuada a la Ley N° 30198, Ley que reconoce la preparación y expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en la vía pública, como microempresas generadoras de autoempleo productivo, en los espacios públicos del distrito de ventanilla; así como establecer medidas de bioseguridad para evitar la propagación del COVID - 19; de acuerdo con el detalle contenido en el Anexo I y II, que forman parte integrante de la presente ordenanza.
ARTICULO 3o.- ALCANCE.- La presente Ordenanza Municipal se aplica en toda la jurisdicción del Distrito de Ventanilla, su cumplimiento es obligatorio para todas las autoridades y funcionarios de la Municipalidad Distrital de Ventanilla; así como para las personas jurídicas, personas naturales, propietario del negocio de reparación y expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en la vía pública, como microempresas generadoras de autoempleo productivo, en los espacios públicos del distrito de Ventanilla, a fin de evitar la propagación del COVID-19.
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10/09/2020 |
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ORDENANZA MUNICIPAL N° 014-2020/MDV |
ARTICULO I0.- APROBAR la Ordenanza Municipal de Bodegueros del distrito de ventanilla, la misma que consta de once artículos, dos Disposiciones Finales y dos Anexos (Anexo 1- Formulario de Declaración Jurada para Licencia de Funcionamiento provisional para Bodegas y Anexo 2.- Declaración Jurada de jmplímienío de las Condiciones de Seguridad en la Edificación); cuyo texto íntegro será publicado en el Portal Electrónico Institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla www.muniventanilla.gob.pe y en la pagina del portal oficial del Estado Peruano.
ARTÍCULO 2°.-OBJETIVO
La presente Ordenanza tiene por objetivo reconocer el valor social de la actividad del bodeguero, a través del expendio o ventas de productos de primera necesidad, refiriéndose al negocio dedicado a la venta al por menor de dichos productos, predominantemente alimentos y bebidas, destinados a satisfacer los requerimientos diarios de los hogares.
ARTÍCULO 3°.- FINALIDAD
El presente reglamento tiene por finalidad impulsar y apoyar la actividad de los bodegueros a través de instrumentos y la generación de espacios que promuevan su identificación, formalización, representatividad y desarrollo en el comercio interno del Distrito de Ventanilla.
ARTÍCULO 4o.- BASE LEGAL
La base legal aplicable al presente caso en la siguiente:
4.1 Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
4.2 Ley N° 28976, Ley de licencias de funcionamiento.
4.3 Ley N° 30877, Ley de Bodegueros.
4.4 Decreto Supremo N°010-20220-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30877, Ley General de Bodeguero.
4.5 Ord N° 018-2013-MDV, Ordenanza que aprueba el nuevo reglamento general de licencias de funcionamiento.
4.6 Ord N° 017-2015-MDV, Ordenanza que modifica el art 33 de la Ord 018-2013 MDV.
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27/08/2020 |
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ORDENANZA MUNICIPAL N°013-2020/MDV |
PRIMERO.- FACÚLTESE al Titular de la entidad para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las acciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza; así como determinar y aprobar la prórroga de su vigencia
SEGUNDO.- PRECISAR La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación y regirá durante el estado emergencia previsto por el gobierno central.
TERCERO.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente ordenanza, así como la acción en el portal institucional de la entidad
TRESE, COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA
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27/08/2020 |
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ORDENANZA MUNICIPAL N° 012-2020/MDV |
ARTÍCULO 1.- APROBAR la Ordenanza para el Programa de Vivienda de Ventanilla - PROVIVE, y establece los procedimientos vinculados al Programa Techo Propio, en las modalidades de Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, en el Distrito de Ventanilla, que como anexo forma parte de la presente Ordenanza, el mismo que consta de seis artículos, cuatro Disposiciones Finales y siete Anexos; cuyo texto íntegro será publicado en el Portal Electrónico Institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla www.muniventanilla.gob.pe.
ARTÍCULO 2.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano.
ARTÍCULO 3.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano e Infraestructura, Subgerencia de Obras Privadas y a las demás unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, así como también a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicación, la publicación de la presente en la página web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla y en la página del portal oficial del Estado Peruano.
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15/07/2020 |
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ORDENANZA MUNICIPAL N° 011-2020/MDV |
ARTÍCULO 1.- APROBAR el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de Ventanilla 2020, el mismo que ha sido aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Ventanilla, y declarado apto para su implementación por el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana del Callao, mediante el Informe Técnico N° 002-2020MPC/SECT/LMPB/2020, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal.
ARTICULO 2.- AUTORIZAR al Señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas complementarias a la presente Ordenanza.
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ARTÍCULO 3.- ENCARGAR a la Secretaría General, disponga la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano, así como también a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicación, la publicación del presente en la página web de la Municipalidad Distrital de ventanilla, cuya dirección electrónica es: www.muniventanilla.gob.pe y en la página del portal oficial del Estado Peruano.
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22/06/2020 |
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ORDENANZA MUNICIPAL N° 010-2020/MDV |
ORDENANZA MUNICIPAL QUE DEFINE LOS GIROS AFINES O COMPLEMENTARIOS ENTRE SI PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO EN EL DISTRITO DE VENTANILLA
ARTÍCULO 1.- APROBAR el Formato de Solicitud para cambio de Giro de Negocio y/o Ampliación de actividades simultáneas, el mismo que contempla el Listado y definición de los giros afines o complementarios entre sí para el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento, que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 2.- OBJETO la presente Ordenanza tiene por objeto establecer el marco normativo, en relación al aspecto técnico para aprobar y determinar la afinidad o complementariedad entre los diversos giros de zonificación conforme, y por lo tanto puedan ser comprendidos en una sola licencia de funcionamiento, que otorga la municipalidad distrital de Ventanilla, para el desarrollo de actividades económicas, profesionales y/o de servicios, lucrativas o no lucrativas en un establecimiento determinado; de acuerdo a los lineamientos que ha establecido el Ministerio de la Producción mediante Decreto Supremos N° 11-2017-PRODUCE y N° 9-2020-PRODUCE, en concordancia con el Decreto Supremo N° 46-2017-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley ND 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y los Formatos de Declaración Jurada.
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11/06/2020 |
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ORDENANZA MUNICIPAL N° 009-2020/MDV |
ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD PARA EVITAR LA PROPAGACIÓN DEL COVID - 19 EN EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIALDE PASAJEROS Y CARGA EN VEHÍCULOS MENORES MOTORIZADOS O NO MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE VENTANILLA
ARTÍCULO 1.- OBJETO
Garantizar el cumplimiento de las disposiciones emitidas por el Gobierno Central en materia de la prestación del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados o No Motorizados en el Distrito de Ventanilla, a fin de evitar la propagación del COVID - 19.
ARTICULO 2.- ALCANCE
La presente Ordenanza Municipal se aplica en toda la jurisdicción del Distrito de Ventanilla, su cumplimiento es obligatorio para todas las autoridades y funcionarios de la Municipalidad Distrital de Ventanilla; así como para las personas jurídicas, personas naturales, propietarios y/o conductores que prestan el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados o No Motorizados en el Distrito de Ventanilla.
ARTÍCULO 3.- DEFINICIONES
a) SERVICIO ESPECIAL: Es el servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos menores prestado por el transportador autorizado en la jurisdicción de la Municipalidad Distrital de Ventanilla.
b) TRANSPORTADOR AUTORIZADO: Persona Jurídica debidamente inscrita en los Registros Públicos y autorizada por la Municipalidad Distrital de Ventanilla para realizar el Servicio de Transporte en mención.
c) VEHICULO MENOR: Vehículo de tres (03) ruedas motorizados y no motorizados, especialmente acondicionado para el transporte de personas y carga, cuya estructura y carrocería cuentan con elementos de protección al usuario.
d) CONDUCTOR AUTORIZADO: Persona Natural con la respectiva licencia de conducir registrado en una persona jurídica y acreditada por la Subgerencia de Transporte de la Municipalidad Distrital de Ventanilla.
e) USUARIO: Persona natural que solicita el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y no Motorizados.
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25/05/2020 |
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ORDENANZA MUNICIPAL N° 007-2020/MDV |
ARTÍCULO 1.- DISPONER la conformación del Comité de Emergencia Sanitaria Distrital de la unicipalidad de Ventanilla, el mismo que estará conformado por:
> El Alcalde o su representante, quien lo presidirá.
> El Gerente Municipal.
> El Gerente General del Sistema de Salud Municipal.
> El Gerente General del Sistema de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental.
> El Gerente de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastre.
> El Subgerente de Fiscalización y Control.
> El Subgerente de Serenazgo.
\ El referido comité tendrá la función de proponer medidas, articular, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar : todas las acciones orientadas a la prevención y control para evitar la propagación del Covid19 u otras enfermedades infecciones que por su magnitud lo requieran; dentro del marco de las competencias establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades y articulación con las entidades públicas y privadas, conforme a las disposiciones de la Autoridad Sanitaria Nacional
ARTÍCULO 2.- FACULTAR al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente ordenanza; así como para que eventualmente pueda prorrogar su vigencia.
ARTICULO 3.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastre, Gerencia de Desarrollo Económico y demás unidades competentes que en el marco de sus funciones resulte de competencia la presente Ordenanza.
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29/04/2020 |
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ORDENANZA MUNICIPAL N° 004-2020/MDV |
ARTÍCULO 1.- EXONÉRESE del pago de derechos administrativos correspondientes a la tramitación del Matrimonio Civil, a las parejas inscritas parta la celebración del Matrimonio Civil Comunitario, a realizarse el de febrero del presente año, en el Estadio Municipal Facundo Ramírez Aguilar; según el siguiente detalle:
-Apertura de expediente matrimonial: S/ 50.36
-Celebración del Matrimonio: S/ 300 |
16/01/2020 |
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ORDENANZA MUNICIPAL N° 003-2020/MDV |
ARTÍCULO 2,- FACULTAR al Señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla.
ARTÍCULO 3.- ENCARGAR a todas las Unidades Orgánicas de la entidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, así como la toma de acciones correspondientes con arreglo a ley.
ARTÍCULO 4.- DEROGAR la Ordenanza Municipal ND 001-2019-MDV de fecha 09 de enero de 2019, que aprobó la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, así como los demás dispositivos municipales que se opongan a la presente.
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16/01/2020 |
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90 |
ORDENANZA MUNICIPAL N° 002-2020/MDV |
ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE INCENTIVOS POR EL PRONTO PAGO DE IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2020
ARTICULO 1°.-OBJETIVOS.
Aprobar el Régimen de Incentivos por "Pronto Pago" de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2020.
ARTICULO 2°.-FINALIDAD.
Disminuir la morosidad, e impulsar el desarrollo de la conciencia tributaria entre los vecinos del distrito
ARTICULO 3°.-VIGENCIA.
La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
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09/01/2020 |
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